Mediación en los Estados miembros - España
La Administración de Justicia de España viene experimentando en las últimas décadas un importante aumento de la litigiosidad (hasta 9 millones de asuntos nuevos por año) que incide en su normal funcionamiento. Ello ha supuesto que en las distintas reformas de la misma llevadas a cabo en los últimos años no sólo se hayan modificado las normas procesales, sino también se haya incidido en la búsqueda de soluciones complementarias, de carácter extrajudicial, como sucede con la mediación, la conciliación y el arbitraje.
El impulso a la mediación ha venido fundamentalmente de la mano de la aprobación de una regulación general de la misma, que se contiene en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que vino a incorporar al Derecho español la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, de mediación transfronteriza en asuntos civiles y mercantiles. Junto a ello se viene realizando un esfuerzo por implantar una cultura de mediación a través de diversas medidas, que van desde la difusión de la misma, a la firma de convenios entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial y las Comunidades Autónomas, además de contar con distintas corporaciones de Derecho público (como Colegios Profesionales y las Cámaras de Comercio), con la finalidad de favorecer su implantación.